ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS LABORALES. GRUPO N° 22. INDUSTRIA DE LA BEBIDA. BEBIDAS SIN ALCOHOL Y CERVEZA.




Promulgación: 12/01/1988
Publicación: 18/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Los diferendos que tengan por origen la aplicación o interpretación del presente acuerdo, serán analizadas por una Comisión integrada por representantes de cada parte firmante. En caso de no lograrse acuerdo, se elevarán los antecedentes al Consejo de Salarios para que éste resuelve.
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