DECLARACION A LA SARNA OVINA PLAGA NACIONAL




Promulgación: 21/12/1993
Publicación: 07/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 706
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.339 de 22/12/1992.

CAPITULO II - DE LA INSPECCION SANITARIA DE LOS ESTABLECIMIENTOS

Artículo 6

   En ningún caso, la ausencia del propietario podrá impedir o demorar la
inspección sanitaria de los ovinos.
   Aquellos propietarios o tenedores de lanares, a cualquier título, que
impidan, interfieran o no colaboren con la inspección oficial, serán
sancionados de acuerdo con lo establecido por el Art. 15 de la ley Nº
16.339, de 22 de diciembre de 1992.   (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 30.
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