SUSPENSION POR DETERMINADO PERIODO, DE LOS GRAVAMENES A LA IMPORTACION DE MAIZ Y SORGO




Promulgación: 03/10/1979
Publicación: 30/10/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 813

Artículo 3

 Para el otorgamiento de los certificados a que se refiere el artículo 1º
del decreto 271/979, de fecha 16 de mayo de 1979, el Sector Granos del
Ministerio de Agricultura y Pesca dará preferencia a las solicitudes que
presenten las cooperativas y sociedades de productores agropecuarios.
Referencias al artículo
Ayuda