FIJACION DE TARIFAS PARA SERVICIOS DE LA DIRECCION DE INDUSTRIA ANIMAL




Promulgación: 06/12/1990
Publicación: 31/12/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: la precedente gestión formulada por la Dirección General de
Servicios Veterinarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a
los fines que se expresarán.

    Resultando: I) Por decreto 431/989, de 13 de setiembre de 1989, se
fijaron las tarifas que presta el Departamento de Higiene y Desinfección
de la Dirección de Industria Animal del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca;

    II) En la presente gestión, la Dirección de Industria Animal del
citado Ministerio solicita la revisión de las tarifas que actualmente
presta el referido Departamento, en la forma que indica habida cuenta de
los aumentos experimentados en los distintos rubros que integran los
costos de las mismas;

    III) La Dirección General de Servicios Veterinarios del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca elevó las actuaciones con informe
favorable;

    IV) Se oyó a las Direcciones de Administración Financiera y
Asesoramiento Legal de la citada Secretaría de Estado.

    Considerando: conveniente proveer en la forma aconsejada por la
Dirección General de Servicios Veterinarios.

    Atento: a lo que señala la Ley de Contabilidad y Administración
Financiera (Capítulo IX de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987),

    El Presidente de la República

                                 DECRETA

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 52/992 de 05/02/1992 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 565/990 de 06/12/1990 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 52/992 de 05/02/1992 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 565/990 de 06/12/1990 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 52/992 de 05/02/1992 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 565/990 de 06/12/1990 artículo 3.

LACALLE HERRERA - GUSTAVO FERRES - ENRIQUE BRAGA SILVA
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