CONVENIOS LABORALES. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO - GRUPO Nº 7 TRANSPORTE MARITIMO. SUBGRUPO TONELEROS




Promulgación: 09/09/1988
Publicación: 30/09/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

Durante el período comprendido entre el 1º de junio de 1988 y el 31 de enero de 1990, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de ventas de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.
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