Decreto N° 562/981
FIJACION DE HORARIOS DE ATENCION AL PUBLICO EN LA ADMINISTRACION CENTRAL
Promulgación: 09/11/1981
Publicación: 17/11/1981
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 1981
- Página: 1574
Artículo 2
La atención al público, en todos los casos, se cumplirá entre la media
hora después de iniciada la labor y una hora antes del cese de la misma.
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