REGLAMENTACION DE LAS LEYES NROS. 19.172 Y 19.847, RELATIVAS A LA REGULACION Y CONTROL DEL CANNABIS




Promulgación: 16/02/2023
Publicación: 27/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.847 de 20/12/2019,
      Ley Nº 19.172 de 20/12/2013.

TÍTULO II - FORMULACIONES MAGISTRALES
CAPÍTULO TERCERO - AUTORIZACIÓN PARA ELABORAR PREPARADOS A PARTIR DE FORMULACIONES MAGISTRALES

Artículo 13

   El Ministerio de Salud Pública, a través del Departamento de Registro de Prestadores de la División Servicios de Salud, mantendrá un registro unificado de los Establecimientos de Farmacias de Primera y Segunda Categoría que hayan gestionado y obtenido la autorización para la preparación de formulaciones magistrales conteniendo los productos cannábicos a que refiere el presente Decreto, sin perjuicio de la inclusión del dato en la ficha de registro de cada Farmacia en particular.
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