APROBACION DE NORMAS RELATIVAS A LA PRESTACION DEL SERVICIO DE HANGARAJE EN LOS AEROPUERTOS NACIONALES




Promulgación: 17/02/1981
Publicación: 23/02/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 225

Artículo 8

   En caso de fallecimiento de los concesionarios la concesión pasará a
sus herederos a título universal quienes deberán constituir apoderado
común, previa aprobación de la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica y en las mismas condiciones establecidas en la concesión.
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