APROBACION DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARA LOS LLAMADOS A LICITACION PUBLICA DE CONTRATACION DE SUMINISTROS Y SERVICIOS




Promulgación: 17/10/1991
Publicación: 10/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 1044
  Visto: las normas sobre Ordenamiento Financiero aprobadas por el
decreto 95/991, de 26 de febrero de 1991.

  Considerando: I)  Que el artículo 4º de la citada norma faculta al
Poder Ejecutivo con la conformidad del Tribunal de Cuentas a formular
reglamentos o pliegos únicos de bases y condiciones generales para los
contratos que en dicha disposición se detallan;

 II) Que es necesario contar con una reglamentación específica que
establezca las condiciones generales que habrán de regir en los llamados a
Licitación Pública para la contratación de Suministros y Servicios no
Personales,

 III) Que a tal fin, el Ministerio de Turismo ha proyectado un Pliego de
Condiciones referente a esa materia, el que fue sometido al Tribunal de
Cuentas de la República.

  Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por el
artículo 44 del Texto ordenado C.A.F., aprobado por el decreto 95/991, de
26 de febrero de 1991,

       El Presidente de la República

                        DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el siguiente Pliego de Condiciones Generales que regirá en
los llamados a Licitación Pública para la contratación de Suministros y
Servicios no Personales: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

  Pase al Ministerio de Turismo, comuníquese, etc  

LACALLE HERRERA - JOSE VILLAR GOMEZ
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