REGLAMENTACION DE LA LEY 15.645 SOBRE COOPERATIVAS AGRARIAS




Promulgación: 16/10/1985
Publicación: 07/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 926
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.645 de 17/10/1984.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS AGRARIAS
SECCION II - DE LA AUTORIDAD ELECTORAL

Artículo 34

  El padrón actualizado de miembros será publicado 60 (sesenta) días antes
del acto eleccionario en la sede de la cooperativa, de manera que pueda
ser consultado fácilmente por todos los miembros.
  A falta de previsión estatutaria expresa, un miembro no tendrá derecho a
elegir, ni ser elegido, si no cuenta con una antigüedad mínima de 60
(sesenta) días a la fecha de la elección.
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