REGLAMENTACION DE LA LEY 15.645 SOBRE COOPERATIVAS AGRARIAS




Promulgación: 16/10/1985
Publicación: 07/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 926
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.645 de 17/10/1984.
Referencias a toda la norma
  Visto: para su reglamentación el decreto-ley 15.645, de fecha 17 de
octubre de 1984, sobre cooperativas agrarias.

  Resultando: I) El Ministerio de Agricultura y Pesca, por resolución de
fecha 24 de octubre de 1984, creó un Grupo de Trabajo integrado por
representantes del sector público y privado, con el cometido de
reglamentar el mencionado decreto-ley.

II) Con fecha 13 de junio de 1985, el aludido Grupo de Trabajo elevó el
anteproyecto de decreto correspondiente.

  Considerando: conveniente, por tanto, dictar el decreto reglamentario de
que se trata.

  Atento: al informe favorable de la Fiscalía de Gobierno de 2º Turno y a
lo preceptuado por el inciso 4º del artículo 168 de la Constitución de la
República y el artículo 57 del decreto-ley 15.645, de 17 de octubre de
1984,

                        El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Las cooperativas agrarias ajustarán su constitución y funcionamiento a
lo dispuesto por el decreto-ley 15.645, de 17 de octubre de 1984 y la
presente reglamentación.

SANGUINETTI - ROBERTO VAZQUEZ PLATERO - LUIS MOSCA - ADELA RETA - CARLOS
JOSE PIRAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD
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