APROBACION DE LA FORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA. UNIDAD EJECUTORA DEL SERVICIO DE TELEVISION NACIONAL




Promulgación: 31/12/2003
Publicación: 28/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1777
Derogada/o por: Decreto Nº 432/008 de 09/09/2008 artículo 7.
Referencias a toda la norma
VISTO: Lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley Nº 17.556 de 12 de 
setiembre de 2002, y en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 
16.736 de 5 de enero de 1996 y su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 
de mayo de 1996.

RESULTANDO: I) En el artículo 126 de la Ley Nº 17.556 crea en el Inciso 
11, "Ministerio de Educación y Cultura", Programa 007 "Organización de 
Espectáculos Artísticos y Administración de Radio y Televisión 
Oficiales", la Unidad Ejecutora 024 "Canal 5 - Servicio de Televisión 
Nacional".

II) Los cometidos y la estructura administrativa de la citada Unidad 
resultan de los asignados por las disposiciones vigentes a la Dirección 
de Televisión Nacional.

III) El mencionado artículo faculta al Poder Ejecutivo a realizar las 
modificaciones necesarias, así como a formular la estructura organizativa 
y funcional de la Unidad que se crea, previo informe favorable del Comité 
Ejecutivo para la Reforma del Estado, dándose cuenta a la Asamblea 
General.

IV) Los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 
1996, refieren a la reformulación de las estructuras organizativas de los 
Incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional, aplicable a los demás Incisos 
comprendidos en el mismo.

V) El Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de procedimiento a 
que debe ajustarse la mencionada reformulación.

VI) En tal sentido, la Unidad Ejecutora 024 "Canal 5 - Servicio de 
Televisión Nacional" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" ha 
presentado, para su consideración por parte del Comité Ejecutivo para la 
Reforma del Estado, el proyecto correspondiente.

CONSIDERANDO: I) El proceso de formulación de las estructuras 
organizativas de las Unidades Ejecutoras, en el marco de los cometidos 
sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro de una mayor 
eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de control así 
como mayor eficiencia en la prestación de sus servicios.

II) A los efectos señalados, en la tarea de formulación se parte de una 
definición de los objetivos estratégicos, procurando orientar la 
actividad de la Administración hacia los resultados de la gestión 
pública.

III) El proyecto presentado por la Unidad Ejecutora 024 "Canal 5 - 
Servicio de Televisión Nacional" del Inciso 11 "Ministerio de Educación y 
Cultura" determina la dimensión y estructura de su Organización, 
ajustándola a la especial naturaleza del servicio brindado.

IV) De acuerdo a lo informado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del 
Estado (C.E.P.R.E.), corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a su 
aprobación.

ATENTO: A lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 555/003 de 31/12/2003 artículo 1.

BATLLE - LEONARDO GUZMAN - ISAAC ALFIE




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