DECLARACION DE INTERES NACIONAL. SISTEMA ELECTRONICO DE CONTROL DE FAENAS, DESOSADO Y COMERCIALIZACION DE CARNES (CAJAS NEGRAS)




Promulgación: 31/12/2003
Publicación: 13/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1771
Referencias a toda la norma
VISTO: la instalación del Sistema Electrónico de Control de Faenas, 
Desosado y Comercialización de Carnes (Cajas Negras), a que refiere la 
Resolución del Poder Ejecutivo Nº 1423/000, de 7 de diciembre de 2000.-

RESULTANDO: que los equipos y sistemas a instalar serán propiedad del 
Estado, siendo su costo financiado con cargo a la Tasa de Control creada 
por el artículo 294º de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.-

CONSIDERANDO: conveniente otorgar, en el marco de las disposiciones 
legales vigentes, aquellos beneficios que permitan optimizar los recursos
asignados.-

ATENTO: a lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 11º de la Ley 
Nº 16.906, de 7 de enero de 1998.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA               
                                                                  
                                 DECRETA:                         

Artículo 1

   Declárase promovida, al amparo de lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 11º de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad
de implantación del Sistema Electrónico de Control de Faenas, Desosado y
Comercialización de Carnes (Cajas Negras), a que refiere la Resolución 
del Poder Ejecutivo Nº 1423/000, de 7 de diciembre de 2000.- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
Referencias al artículo

BATLLE - ISAAC ALFIE - MARTIN AGUIRREZABALA


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