Exonérase a la adjudicataria de la actividad promovida por el artículo
precedente, de los Impuestos al Valor Agregado y de Contribución al
Financiamiento de la Seguridad Social, aplicables en ocasión de la
importación de los equipos y soportes lógicos, así como a las
enajenaciones de dichos bienes realizadas al Instituto Nacional de
Carnes, destinados a la implantación de dicho sistema.- (*)