Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Facúltase al Instituto Nacional de Viviendas Económicas a adquirir en forma directa todos los materiales necesarios para la prosecución y finalización de las obras referenciadas; así como a contratar en forma directa los subcontratos que fueren necesarios; a esos efectos la Dirección de la obra, dispondrá de un fondo rotario del cual deberá rendir cuenta periódicamente adjuntando los comprobantes correspondientes.