MODIFICACION DEL ARANCEL EXTERNO COMUN DEL MERCOSUR. DECISION CMC 15/97. DECISION CMC 67/00. SUPRESION DEL INCREMENTO TEMPORARIO DEL ARANCEL EXTERNO COMUN DEL MERCOSUR




Promulgación: 31/12/2003
Publicación: 02/01/2004
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1764
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   A partir del 1º de enero de 2004, se aplicará a las importaciones las
tasas globales arancelarias vigentes al 31 de diciembre de 2003, con 
excepción de lo dispuesto en los artículos 3º y 4º y en el anexo I, que 
forma parte del presente Decreto.-

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (anexo I).
Ver en esta norma, artículo: 6.
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