El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca establecerá:
A) La base de comercialización;
B) La tolerancia de recibo;
C) Las bonificaciones y deducciones;
D) La secuencia operativa para las determinaciones;
E) Los procedimientos analíticos y la expresión de sus resultados;
F) Las características y especificaciones técnicas de los equipos que
deberán utilizarse en las determinaciones.