EXCEPCION AL REGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES DE FUNCIONARIOS DE LA DGI




Promulgación: 10/11/2008
Publicación: 19/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2299
Referencias a toda la norma
VISTO: el artículo 173 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008.

RESULTANDO: I) que el artículo citado creó en el ámbito del Ministerio de
Economía y Finanzas el Centro de Estudios Fiscales (CEF).

II) que el CEF está facultado a seleccionar expertos y profesionales
idóneos para el desarrollo de sus cometidos.

III) que en relación con la limitaciones e incompatibilidades establecidas
a los funcionarios de la Dirección General Impositiva, el Decreto Nº
166/005, de 30 de mayo de 2005, dispone un régimen general de excepciones
vinculadas, entre otras, a actividades remuneradas en el ejercicio de la
docencia e investigación.

CONSIDERANDO: necesario incluir en el régimen de excepciones previsto en
el citado Decreto Nº 166/05, las actividades docentes y de investigación
desarrolladas en el marco de los objetivos y funciones asignadas al CEF.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

  (*)
     

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 166/005 de 30/05/2005 artículo 10 
literal h).

TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA
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