TARIFA DE PASAJERO. KILOMETRO - SERVICIOS DE TRANSPORTE EN LINEAS NACIONALES




Promulgación: 30/11/1993
Publicación: 09/12/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

     Fíjase en $ 28,70 (pesos uruguayos veintiocho con 70/100), el valor
de la Unidad Sectorial de transporte a los efectos del pago de las
sanciones impuestas con anterioridad a la vigencia del Decreto de 11 de
febrero de 1992.
Ayuda