CREACION DEL SERVICIO SANITARIO DEL EJERCITO




Promulgación: 21/10/1980
Publicación: 30/10/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1012
Referencias a toda la norma

Artículo 2

     La organización (Nivel 1 de Movilización) constará de los siguientes
elementos:

-    A nivel Ejército Agrupamiento Sanitario
-    A nivel D.E. Batallón Sanitario
-    A nivel Bn. I una Sección Sanitaria permaneciendo en refuerzo en las
     Unidades de Combate apoyando el Servicio Sanitario Territorial
     (S.S.T.) mientras no sea empleada en misiones operacionales.
-    A nivel Reg. C., Bn. Ing. y Grp A activar los destacamentos
     sanitarios respectivos permaneciendo en las Unidades apoyando el
     S.S.T., mientras no sea empleada en misiones operacionales.
Ayuda