REGLAMENTACION DEL ART. 51 DE LA LEY 18.719 SOBRE CONTRATO DE BECA O PASANTIA




Promulgación: 07/02/2011
Publicación: 16/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 303
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 51.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Es pasante, quien, habiendo culminado los estudios correspondientes, sea
contratado por una entidad estatal, con la única finalidad de que
desarrolle una primera experiencia laboral relacionada con los objetivos
educativos de la formación recibida. Las tareas a desempeñar no podrán ser
de carácter permanente ni sustantivas.
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