PREVENCION Y COMBATE DE INCENDIOS




Promulgación: 26/12/2005
Publicación: 03/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1633
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.896 de 15/09/1987 artículo 22.

Artículo 7

   Durante la emergencia, y en particular en el área de las operaciones
(art. 14 Ley Nº 15.896), el voluntario se somete al mando del funcionario
de la Dirección Nacional de Bomberos que se desempeñe como Jefe de los
Socorros.
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