DECLARACION DE PROMOCION INDUSTRIAL DE ACTIVIDADES QUE GENEREN EMPLEO




Promulgación: 23/11/2009
Publicación: 30/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1656
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Requisitos Industria Electro - Electrónica.- Para el otorgamiento de los beneficios que dispone el presente decreto será necesario que se verifiquen simultáneamente las siguientes condiciones:
A) En el caso de nuevos emprendimientos se exigirá que se verifiquen
   simultáneamente las siguientes condiciones:
   - Se generen como mínimo veinte (20) puestos de trabajo calificado
     directo en relación de dependencia, excluyendo expresamente el
     personal de administración, seguridad y limpieza.
   - Se implemente un Programa de Desarrollo de Proveedores con las
     siguientes premisas orientadoras:
     Los objetivos del Programa serán: el mejoramiento de proveedores de
     insumos locales y ampliación de base empresaria; desarrollo de
     proveedor para la empresa y con capacidades para la exportación,
     colaboración técnica para desarrollo de producto, financiamiento de
     la inversión del proveedor y/o garantía para préstamos bancarios y/o
     contratos de garantía de suministro que permitan avalar
     financiamiento mediante mecanismos adecuados, financiamiento de
     proyectos de investigación aplicada a la producción, capacitación
     empresarial del proveedor, certificación de calidad.
     Las metas cuantitativas del Programa de Desarrollo de Proveedores se
     fijarán para cada actividad promovida.

B) En el caso de emprendimientos que ya se encuentran desarrollando
   actividades de producción y que cuenten con hasta cuarenta (40)
   personas en su Planilla de Control del Trabajo, se exigirá que se
   verifiquen simultáneamente las siguientes condiciones:
   - Se aumente en un quince por ciento (15%) los puestos de trabajo
     calificado directo en relación de dependencia, excluyendo
     expresamente el personal de administración, seguridad y limpieza.
   - Se implemente un Programa de Desarrollo de Proveedores con las
     siguientes premisas orientadoras:
     Los objetivos del Programa serán: el mejoramiento de proveedores de
     insumos locales y ampliación de base empresaria; desarrollo de
     proveedor para la empresa y con capacidades para la exportación,
     colaboración técnica para desarrollo de producto, financiamiento de
     la inversión del proveedor y/o garantía para préstamos bancarios y/o
     contratos de garantía de suministro que permitan avalar
     financiamiento mediante mecanismos adecuados, financiamiento de
     proyectos de investigación aplicada a la producción, capacitación
     empresarial del proveedor, certificación de calidad.
     Las metas cuantitativas del Programa de Desarrollo de Proveedores se
     fijarán para cada actividad promovida.

C) En el caso de emprendimientos que ya se encuentran desarrollando
   actividades de producción y que cuenten con más de cuarenta (40)
   personas en su Planilla de Control del Trabajo, se exigirá que se
   verifiquen simultáneamente las siguientes condiciones:
   - Se aumente en un veinte por ciento (20%) los puestos de trabajo
     calificado directo en relación de dependencia, excluyendo
     expresamente el personal de administración, seguridad y limpieza.
   - Se implemente un Programa de Desarrollo de Proveedores con las
     siguientes premisas orientadoras:
     Los objetivos del Programa serán: el mejoramiento de proveedores de
     insumos locales y ampliación de base empresaria; desarrollo de
     proveedor para la empresa y con capacidades para la exportación,
     colaboración técnica para desarrollo de producto, financiamiento de
     la inversión del proveedor y/o garantía para préstamos bancarios y/o
     contratos de garantía de suministro que permitan avalar
     financiamiento mediante mecanismos adecuados, financiamiento de
     proyectos de investigación aplicada a la producción, capacitación
     empresarial del proveedor, certificación de calidad.
     Las metas cuantitativas del Programa de Desarrollo de Proveedores se
     fijarán para cada actividad promovida. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 127/011 de 01/04/2011 artículo 2.
Ver en esta norma, artículo: 8.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 532/009 de 23/11/2009 artículo 2.
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