FIJACION DE NORMAS PARA LAS CONTADURIAS CENTRALES DE LOS INCISOS 1 AL 26 REFERENE AL PLAZO MAXIMO DE PRESENTACION DE RESIDUOS PASIVOS




Promulgación: 03/10/1980
Publicación: 28/10/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 874

Artículo 5

  Autorízase a la Contaduría General de la Nación a estimar los Residuos
Pasivos por concepto de suministro de las distintas Unidades Ejecutoras
comprendidas en el Presupuesto Nacional, en función del promedio de los
tres últimos meses de consumos reales efectivamente generados.
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