PRORROGA LIQUIDACION DE HABERES DEL PERSONAL DE LA ESTIBA




Promulgación: 31/12/2001
Publicación: 09/01/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1902

Artículo 3

 Si durante el período de prórroga se distribuyera algún empleado de la 
ex Administración Nacional de los Servicios de Estiba (ANSE), el monto de 
los haberes y los respectivos aportes no abonados, serán vertidos a 
Rentas Generales.-
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