CAPITAL DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS




Promulgación: 03/07/1975
Publicación: 10/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 29

Artículo 7

Los estados contables (de situación, de resultados, etc.) de las
sociedades anónimas, cuyo cierre de ejercicio económico sea posterior al
30 de junio de 1975, deberán ser formulados en nuevos pesos, con arreglo
a la ley 14.316 de 16 de diciembre de 1974.
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