GRUPOS DE ACTIVIDAD. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. ACTIVIDAD PRIVADA. CONVENIOS LABORALES. GRUPO Nº 1. COMERCIO. SUBGRUPO Nº 4. BAZARES FERRETERIAS JUGUETERIAS Y CASAS DE VENTA DE ARTICULOS DE ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA. BAZARES Y FERRETERIAS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 5
Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los
laudos o decretos del presente subgrupo de este Consejo de Salarios, determinará la categoría a la cual deberán asimilarse dichos trabajadores,
teniendo en cuenta las categorías ya laudadas en esta rama de actividad.