En cada punto del recinto aeroportuario donde se encuentren ubicados
escáneres y/o se efectúen controles obligatorios de pasajeros y/o bultos
éstos se realizarán por funcionarios de la Policía Aérea Nacional. Previa
coordinación y a requerimiento podrán estar presentes funcionarios del
Ministerio del Interior y de la Dirección Nacional de Aduanas y
eventualmente actuar en el ámbito de su competencia específica.