PROGRAMA DE REFORMA DEL ESTADO. INFORMACION OBLIGATORIA DE LOS INCISOS 02 AL 15 SOBRE PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PROCEDIMIENTOS LICITATORIOS
También deberán publicarse en el Sitio WEB www.comprasestatales.gub.uy
las resoluciones de rechazo de todas las ofertas o de declaración de
desierta de la licitación, según lo dispuesto en el artículo 59 del
TOCAF, que recoge lo establecido en el artículo 507 de la Ley Nº 15.903,
de 10 de noviembre de 1987.
Dicha publicación deberá cumplirse en forma simultánea a la
publicación o notificación, según corresponda, de la resolución
respectiva dispuesta por las normas legales y reglamentarias vigentes. (*)