REGLAMENTACION DE LA LEY 15.433 RELATIVA A LA REGULACION DE MEDICAMENTOS




Promulgación: 22/11/1984
Publicación: 21/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1177
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.443 de 05/08/1983.
Referencias a toda la norma

TITULO I - DEFINICIONES
CAPITULO I - DE LOS MEDICAMENTOS Y AFINES

Artículo 5

   Medicamento nuevo: Se entiende por tal:

1) nueva entidad química distinta de las ya existentes en la cartera de
   productos del establecimiento;
2) combinación de una o más drogas ya existentes en la cartera de
   productos del establecimiento con una o más drogas nuevas activas;
3) nueva formula farmacéutica de un producto ya existente en el
   establecimiento con vía de administración diferente y/o con otra
   indicación terapéutica preventiva o diagnóstica;
4) forma farmacéutica parecida o distinta a las ya existentes para un
   producto de formula similar que incorpora una tecnología que modifica
   la farmacodinámica del producto para obtener efectos positivos
   generalmente aceptados. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 72 y 129.
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