EMISION DE BONOS DE AHORRO PREVISIONAL. AÑO 1999. 2ª Serie




Promulgación: 24/02/1999
Publicación: 03/03/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 308

Artículo 5

La amortización de estos títulos se realizará a partir del vencimiento
del plazo.-
La amortización de los títulos emitidos en documentos al portador y sus
respectivos cupones de intereses, serán pagados en dólares billetes de
los Estados Unidos de América. En los títulos emitidos mediante
acreditación en Cuentas Especiales Bonos de Ahorro Previsional, los
servicios de amortización e intereses serán pagados mediante crédito en
cuenta billetes o en cuenta transferencia, según haya sido la modalidad
elegida por el inversor, para su integración, al momento de la emisión.-
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