Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la precedente gestión formulada por la Dirección General de
Servicios Veterinarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a
los fines que se expresarán.
Resultando: I) Por decreto 565/990, de fecha 6 de diciembre de 1990, se
fijaron las tarifas que presta el Departamento de Higiene y Desinfección
de la Dirección de Industria Animal del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca;
II) En la presente gestión, la Dirección de Industria Animal del citado
Ministerio solicita la revisión de las tarifas que actualmente presta el
referido Departamento, en la forma que indica, habida cuenta de los
aumentos experimentados en los distintos rubros que integran los costos de
las mismas;
III) La Dirección General de Servicios Veterinarios del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca elevó las actuaciones con informe
favorable;
IV) Se oyó a la Dirección de Administración Financiera de la citada
Secretaría de Estado.
Considerando: conveniente proveer en la forma aconsejada por la Dirección
General de Servicios Veterinarios.
Atento: a los que señala el "Texto Ordenado C.A.F.",
El Presidente de la República,
DECRETA:
Establécense las siguientes tarifas por los servicios que presta el
Departamento de Higiene y Desinfección de la Dirección de Industria Animal
del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca: (*)