CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 4 BANCA. SUBGRUPO CASAS BANCARIAS Y FINANCIERAS




Promulgación: 12/08/1986
Publicación: 20/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

  Los beneficios establecidos en los artículos 1°, 2° y 5° del presente decreto, corresponden a una jornada habitual de 6 1/2 horas, debiendo ser
prorrateados en los casos que dicha jornada supere el horario establecido.
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