FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 38 CEMENTO CERAMICA ROJA REFRACTARIA Y BLANCA. SUBGRUPO CERAMICA REFRACTARIA




Promulgación: 14/09/1987
Publicación: 06/10/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del 
presente decreto y el 30 de setiembre de 1987 ningún otro aumento de 
salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, 
bienes y/o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.
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