Uso de las insignias correspondientes a la Medalla al MERITO MILITAR,
por el Personal Militar del Ejército:
a.- La Medalla se usará en el Uniforme de Gala.
(1) Por los Oficiales Generales y Oficiales Superiores, la encomienda
pendiente del cuello por abajo de la camisa y de la moña y a unos
0,030m del borde inferior a ésta, dejando así, asomarla casi totalidad
del ancho de la cinta.
(2) Por los Jefes y Oficiales, sobre el lado izquierdo del pecho,
colocando el borde del broche de la cinta a la altura del segundo
botón de la casaquilla y aproximadamente a 0,13 m del mismo.
b.- Con el Uniforme Social y de Paseo, se utilizará la barra sobre la
costura superior del bolsillo pectoral izquierdo, eventualmente
colocada con el resto de los distintivos acorde lo dispuesto por el
Reglamento de Uniformes del Ejército.
c.- Con el traje civil, se utilizará la Roseta en el ojal correspondiente
a la solapa izquierda.