CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 8 TRANSPORTE AEREO. SUBGRUPO AVIACION GENERAL CIVIL




Promulgación: 12/08/1986
Publicación: 03/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

Establécese con carácter nacional a partir del 1º de junio de 1986 y al 
30 de setiembre de 1986 el siguiente salario mínimo para la categoría Mecánico Oficial con patente A y M de las Compañías de Taxi-Aéreo comprendidos en el Grupo 8 "Transporte Aéreo" Subgrupo "Aviación General Civil"
 
    Mecánico Oficial Patente A y M:               N$ 45.000
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