FIJACION DE "PRECIO POR SERVICIO DE SEGURIDAD" PARA LOS PASAJEROS QUE INGRESEN Y/O SALGAN POR VIA MARITIMA O FLUVIAL DE URUGUAY




Promulgación: 31/01/2024
Publicación: 14/02/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 9

   Autorízase a la Dirección Nacional de Migración a exceptuar de la percepción del "Precio por Servicio de Seguridad" a aquellas personas que pasan por los puestos fronterizos en el marco de regímenes especiales de frontera.
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