FUNCIONARIOS. COMPENSACION POR ASESORAMIENTO DIRECTO




Promulgación: 04/02/2011
Publicación: 16/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 297

Artículo 2

 Los funcionarios que computen a partir del 1° de enero de 2011 dos o más
faltas injustificadas en el período comprendido entre el 1° de enero a 31
de diciembre de cada año, no serán considerados a los efectos del
otorgamiento del beneficio de referencia.
Ayuda