Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Autorízase a la Dirección General de Casinos, Unidad Ejecutora 013 del Programa 001 del inciso 05 -Ministerio de Economía y Finanzas-, a celebrar el contrato de arrendamiento con la Sociedad Santa Cruz S.A., con retroactividad al 22 de setiembre de 1986 y por el término de tres años, del inmueble ubicado en la Séptima Sección Judicial del departamento de Canelones, empadronado con el Nº 1.869 con frente a la calle 22 y la Rambla, en la suma de N$ 100.000.00 (nuevos pesos cien mil) mensuales para el primer año, reajustándose anualmente, de acuerdo al aumento del Indice General de los Precios del Consumo. (*)