APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 1994




Promulgación: 24/11/1993
Publicación: 24/12/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
 Visto: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay
correspondiente al ejercicio 1994;

 Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;

 Atento: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;

                     El Presidente de la República

                           DECRETA:

Artículo 1

    Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la
República Oriental del Uruguay correspondientes al ejercicio 1994 de
acuerdo con el siguiente detalle:

 I- INGRESOS                                    $
 1. Ingresos por colocaciones              1.439.154.000
 2. Otros Ingresos (Comisiones)              199.808.000
                      TOTAL                1.638.154.000

II- PRESUPUESTO OPERATIVO
RUBRO                    DENOMINACION            $
0           RETRIBUCION SERVS. PERSONALES    313.934.557
01          Retrib. básicas cargos perman.   241.882.973
011311      Sueldos básicos                  211.973.520
011315      Diferencia p/subrogación           3.109.795
011317      Compl. autom. anual                1.929.390
019312      Aportes y trib. s/ag. (Cgo. BROU)  4.058.328
019311      Sueldo anual complementario       20.811.940
02          Retrib. básicas pers. contratado      58.420
021321      Sueldos básicos pers. contrat.        39.744
021327      Compl. autom. anual                    9.181
029322      Aportes y trib. s/ag. (Cgo. BROU)      1.549
029321      Sueldo anual complementario            7.946
03          Ret. básicas personal zafral         928.328
036331      Remplaz. porteros sucurs.            603.264
036332      Depto. administ. de edif.                  0
036333      Médicos suplentes                    240.244
036334      Depto. de ferias ganaderas                 0
039332      Aportes y trib. s/ag. (Cgo. BROU)     13.808
039331      Sueldo anual complementario           70.812
05          Honorarios                           871.074
050001      Abog. y Proc. de sucursales          871.074
06          Retribuciones adicionales         26.282.350
061311      -Horas extra                      11.022.968
061312      -Compensación por destino          4.251.239
061315      -Comp. por horario noct. y
            caj. automático                    1.297.824
061319      -Prima por antigüedad-presup.      9.651.634
061329      -Prima por antigüedad-eventuales       4.217
062312      Gastos de representación Direc.       54.468
07          Otras retribuciones               43.911.412
077         Quebranto de caja                 14.059.756
078311      Comp. por especialización          2.935.272
079311      Previsiones                        2.290.245
079312      Previsiones p/eventuales ajustes     263.775
079712      Otras comp. diversas                 525.576
079713      Art. 37º Est. Func. BROU          19.947.103
079714      Ap. y Trib. s/art. 37º
            Est. func. BROU                    3.889.685

1 CARGAS LEGALES                              86.626.975
111         Ap. Pat. Jub. Caja Jub. Banc.     80.634.424
123         Aporte patronal Fondo
            Nac. Vivienda                      2.992.194
131         Impuesto Ley Nº 15.294             3.000.357

2 MATERIALES Y SUMINISTROS                    27.122.000
3 SERVICIOS NO PERSONALES                     61.454.000
7 SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS                 163.220.952
749         Otros (donaciones)                   664.000
751         Prima por matrimonio                  86.400
752         Hogar constituido                  4.204.800
753         Prima por nacimiento                 129.600
754         Prestaciones por hijo              1.489.500
773         Becas                                240.120
774.001     Reintegro cuota mutual            38.171.820
774.002     Contribución por asist. médica    12.508.712
791         Imp. a los Act. Banc.            102.197.040
792         Contrib. Inmob.                    2.913.000
793         Impuesto Venta Moneda Extranjera     615.960

9 ASIGNACIONES GLOBALES                         2.625.000

TOTAL PRESUPUESTO OPERATIVO                   654.983.484

III- OPERACIONES FINANCIERAS
8 SERVICIOS DE DEUDA Y ANTICIPOS              682.181.160
819         Otros                              10.753.200
839         Intereses (Costo Financiero)      671.427.960

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS                 682.181.160

TOTAL OPERATIVO Y OPERACIONES
FINANCIERAS                                 1.337.164.644

IV- PRESUPUESTO DE INVERSIONES
RUBRO                  DENOMINACION              $
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y
  MOBILIARIO NUEVOS                            48.945.563
5 TIERRAS, EDIFICIOS Y
  OTROS ACTIVOS PREEXISTENTES                   1.476.000
6 CONSTRUCCIONES, MEJORAS Y
  REPARACIONES EXTRAORDINARIAS                 15.785.820
TOTAL INVERSIONES                              58.656.518

 La apertura del Presupuesto de Inversiones por proyecto, fuente de
financiamiento y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los
cuadros que se adjuntan y que forman parte integrante de este decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a
partir de enero de 1993. Las asignaciones correspondientes al componente
en moneda extranjera están estimadas a la cotización de $ 3.69 (Pesos
Uruguayos tres con sesenta y nueve) y $ 3.62 (Pesos Uruguayos tres
con sesenta y dos) por dólar americano, con y sin IVEME respectivamente.
Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros
presupuestales están expresadas a precios promedio del período enero-abril
de 1993. 

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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