APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS. EJERCICIO 2009




Promulgación: 21/10/2008
Publicación: 29/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1740

Artículo 5

 Ajustes de gastos e inversiones y subsidio. En el caso de gastos de
funcionamiento e inversiones, los ajustes se realizarán en función de las
variaciones estimadas del Índice de Precios al Consumo y del tipo de
cambio promedio del período y de la política del Poder Ejecutivo en la
materia. En el caso del subsidio, se ajustará de acuerdo a lo establecido
en el artículo 3º de la Ley 17.930 en la forma dispuesta por el artículo
70º de la Ley 15.809 del 8 de abril de 1986 y sus modificativos.
El Directorio, en un plazo no mayor de treinta días, deberá elevar la
adecuación realizada a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos
de proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las
partidas adecuadas, las que serán comunicadas por la Administración
Nacional de Correos al Tribunal de Cuentas dentro de los quince días
subsiguientes para su conocimiento.
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