Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Los interesados en la adquisición de guías deberán exhibir la última
Declaración Jurada correspondiente a su actividad o el carné respectivo
así como cumplir con cualquiera otros requisitos establecidos por la
Dirección de Contralor de Semovientes, en el ámbito de sus competencias,
pudiendo las Intendencias Municipales condicionar unicamente la venta a la
previa satisfacción de los adeudos que, por concepto de impuestos a las
transacciones agropecuarias, mantengan los interesados con las respectivas
Comunas.