La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca
podrá autorizar la corrección por alcoholización de los vinos comunes de
la cosecha 1982 cuando éstos no hayan alcanzado, por fermentación natural
de la uva, el grado alcohólico mínimo exigido por la tipificación
establecida en el artículo 1º del presente decreto.