Aquellos funcionarios que ejerzan los cargos de Gerente y Jefe de
Atención al Público de Dependencias calificadas como categoría A de
especial desempeño, en función de la reglamentación que el Directorio
dicte al efecto, y cuya remuneración no supere respectivamente el grado
46.0 y 41.0 de la escala patrón única, percibirán un complemento
equivalente a $ 4.302 y $ 3.465 respectivamente. La percepción del citado
complemento se otorgará como máximo en 10 (diez) Dependencias.