APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2009




Promulgación: 21/10/2008
Publicación: 30/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1667
Referencias a toda la norma

Artículo 19

 En el marco del Proceso de Reestructura, el Directorio autorizará las
transformaciones y adecuaciones necesarias en los cargos y las
consiguientes trasposiciones entre el objeto "099.001 - Previsiones para
Eventuales Ajustes por Reestructura" y el objeto "011.000 - Sueldos
Básicos de Cargos Presupuestados", con el fin de atender las
modificaciones de carácter funcional que respondan a la implementación de
la nueva estructura orgánica del Banco.
Los ajustes que se originen por dicho motivo, deberán ser comunicados a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en cada oportunidad que el Banco
curse las adecuaciones presupuestales, referidas en los artículos 21º y
24º de estas disposiciones, detallando los mismos con su justificación
técnica y económica.
La presente previsión regirá en el ejercicio 2009, ajustada al grado de
desarrollo que imponga el cambio organizacional del Banco.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 25 y 43.
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