LIBRO I - DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN GENERAL SECCION I - PRINCIPIOS GENERALES TITULO UNICO - REGLAS GENERALES DE ACTUACION ADMINISTRATIVA
Artículo 8
En el procedimiento administrativo deberá asegurarse la celeridad,
simplicidad y economía del mismo y evitarse la realización o exigencia
de trámites, formalismos o recaudos innecesarios o arbitrarios que
compliquen o dificulten su desenvolvimiento, estos principios tenderán a
la más correcta y plena aplicación de los otros principios enunciados en
el artículo 2.