APROBACION DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DISCIPLINARIO APLICABLE AL FUNCIONARIO PUBLICO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 27/09/1991
Publicación: 03/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 728
Referencias a toda la norma

LIBRO III - DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y ESPECIALES

Artículo 237

    El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1º de diciembre de
1991.

  La aplicación de la disposición contenida en el artículo 44 regirá a
partir de la extinción de los inventarios que a la fecha de la entrada
en vigencia de este decreto mantengan las distintas reparticiones
estatales. 
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