Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Cuando existan trabajadores no categorizados especifícamente en los
laudos o decretos del presente grupo, este Consejo resolverá por vía
aclaratoría o complementaría el salario mínimo o aumento porcentual que le
corresponderá a dichos trabajadores. En ningún caso la resolución que
emane del Consejo, podrá alterar o modificar laudos o decretos vigentes.