TURISMO. REGULACION DE HOSTALES ALBERGUES Y HOSTELES




Promulgación: 27/11/2006
Publicación: 08/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1450
Derogada/o por: Decreto Nº 112/019 de 29/04/2019 artículo 1.
VISTO: la competencia del Ministerio de Turismo y Deporte en lo que hace al control y caracterización de los prestadores de servicios turísticos.

RESULTANDO: I) Que se ha observado la existencia de un segmento de mercado, especialmente de carácter juvenil-deportivo y familiar, que demanda alojarse en establecimientos que ofrezcan prestaciones y servicios diferentes de los establecimientos tradicionales, a precios accesibles.

II) Que hasta la fecha no existen normas o pautas específicas o genéricas que reglamenten en forma parcial o total este tipo de actividad.

CONSIDERANDO: I) Que esta actividad puede tener un significativo impacto sobre la imagen y potencialidad del desarrollo turístico nacional, diversificando particularmente la oferta de alojamientos hacia segmentos definidos, tanto a nivel local como internacional.

II) La necesidad y conveniencia de caracterizar y regular el desarrollo de los mencionados establecimientos, determinándose especificaciones técnicas que se entienden como mínimas y necesarias para brindar un servicio en base a la calidad.

ATENTO: a lo expresado y a lo dispuesto por el numeral 7º del artículo 84º de la Ley 15.851 de 24 de diciembre de 1986, los literales I) del artículo 6º y E) del artículo 7º del Decreto - Ley 14.335 de 23 de diciembre de 1974 con la modificación introducida por el artículo 85º de la Ley 15.851.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 498/006 de 27/11/2006 artículo 1.

   TABARE VAZQUEZ - HECTOR LESCANO - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - MARTIN PONCE DE LEON - MARIANO ARANA
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