Ver vigencia: Decreto Nº 226/025 de 20/10/2025 artículo 83.
Artículo 3
Los Organismos Públicos o empresas privadas, interesados en obtener
permisos, se presentarán ante la Dirección Nacional de Hidrografía
especificando: punto de vertido, volumen de barométricos a descargar y
tipo de efluente.